Una propuesta que protege el derecho a la reparación integral de las víctimas del hecho médico-sanitario dañoso y ampara el patrimonio del prestador en salud
2011
Dentro de la relación entre el prestador médico y el usuario de los servicios en salud, se ven involucrados la vida e integridad física y mental del paciente. El prestador en salud victimario tiene derecho a protección de su patrimonio y la victima del daño es sujeto de derechos a la salud, le verdad, justicia y la reparación integral, entre otros, los cuales pueden ser transgredidos como resultado de un hecho dañoso; reparación que puede ser vulnerada por la ausencia de una póliza de suscripción obligatoria que indemnice a la víctima del daño médico-sanitario. En consecuencia, para regular estas relaciones, existen normas en todos los ámbitos del derecho atinentes a la responsabilidad médico-sanitaria y a los seguros de responsabilidad para prestadores de servicios en salud; éstas, propenden por la reparación integral a las víctimas de danos y, por la protección del patrimonio del prestador en salud; no obstante, se observa que ante la presencia de un hecho médico-sanitario dañoso, sus derechos no están plenamente garantizados.
- Tesis/Trabajos de Grado [129]